LA UNIVERSIDAD DE ALMERÍA TAMBIÉN SE SUMA A LAS CRÍTICAS POR LA LAMENTABLE RESTAURACIÓN DE LA MURALLA DE JAYRÁN

Foto de Juan Sánchez / LA VOZ

La Universidad de Almería  se suma a la ola de críticas ante la lamentable restauración de la Muralla de Jayrán que denunció Amigos de la Alcazaba, y a través de su Departamento de Historia, Geografía e Historia del Arte ha aprobado el siguiente acuerdo:

Manifestar, en primer lugar, que en la actualidad este Departamento no tiene ningún representante en la Comisión Provincial de Patrimonio y, por lo tanto, no ha tenido noticia nunca de la intervención en la muralla con hierro corten. Se ha tenido la primera información de dicha intervención a través de los medios de comunicación.

Que la actuación llevada a cabo por el arquitecto Jesús Basterra en la primera fase de la intervención en la muralla -solución de los problemas de filtraciones, humedades, consolidaciones- puede calificarse, además de necesaria, de impecable, técnicamente hablando.

Que, sin embargo, como es sabido, la modificación en 2008 del proyecto, planteando el cerramiento del costado meridional de dos de las torres del lienzo de muralla mediante sendas cortinas de acero corten, ha supuesto una solución difícilmente aceptable, como a continuación se expone.

Que, si bien es cierto que con la solución indicada el técnico se atiene a la literalidad de lo señalado por la legalidad vigente en el campo de la restauración, tanto por la Ley 16/1985, de 25 junio, del Patrimonio Histórico Español, cuyo Artículo 39.2 señala que: “En el caso de los bienes inmuebles las actuaciones a que se refiere el párrafo anterior irán encaminadas a su conservación, consolidación y rehabilitación y evitarán los intentos de reconstrucción salvo cuando se utilicen partes originales de los mismos y pueda probarse su autenticidad. Si se añadieren materiales o partes indispensables para su estabilidad o mantenimiento, las adiciones deberán ser reconocibles y evitar las confusiones miméticas”, como por el Título II, en su apartado 4, de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, de Patrimonio Histórico de Andalucía que dice: “Y en el caso de los bienes muebles, las actuaciones a que se refiere el apartado 3, evitarán los intentos de reconstrucción, salvo cuando en su reposición se utilicen algunas parte originales de los mismos o se cuente con la precisa información documental y pueda probarse su autenticidad. Si se añadiesen materiales o partes indispensables, las adiciones deberán ser reconocibles y evitar las confusiones miméticas”.

Sin embargo, la aplicación de forma extrema de dichas directrices, so pretexto de no incurrir en la producción de efectos miméticos que lleven a confusión, empleando con tal fin las mencionadas planchas metálicas, ha traído como consecuencia una agresión visual que menoscaba no sólo la imagen del bien, sino también la de un entorno tan sensible como el de La Alcazaba, en el que se ubica.

Que, por el contrario, el técnico no ha considerado con el mismo rigor lo dispuesto por la Ley de Patrimonio Histórico de Andalucía en el apartado 3 del Título II, que, al tratar de los criterios de conservación, señala: “Los materiales empleados en la restauración, conservación y rehabilitación deberán ser compatibles con los del bien. En su elección se seguirán criterios de reversibilidad, debiendo ofrecer comportamientos y resultados suficientemente contrastados. Los métodos constructivos y los materiales a utilizar deberán ser compatibles con la tradición constructiva del bien”. Es evidente que la raíz del problema aquí suscitado deriva de la ligereza con que se ha actuado a este respecto, al emplear acero corten, material muy alejado de la naturaleza del tapial, que es la técnica constructiva con la que se levantó la muralla en el primer tercio del siglo XI. Se entiende, pues, que ni los métodos constructivos ni los materiales utilizados son compatibles con la tradición constructiva del bien ni su entorno.

Que no está demostrado que el empleo del acero corten sobre el tapial de la obra original sea completamente inocuo para la conservación del bien, habida cuenta del diferente comportamiento físico de ambos materiales -diferente coeficiente de dilatación-contracción, diferente grado de transmisión calorífica, superior por parte del acero-, sin olvidar los depósitos de óxido procedentes de la pieza metálica que manchan la obra antigua, como ya ha sucedido. Por ello, cabe calificar de caprichosa la elección de este material con la finalidad señalada, sobre todo, porque existen otras alternativas, quizá menos impactantes para los propósitos particulares del técnico responsable, aunque más seguras para el bien que, al fin y al cabo, es lo que importa.

Que los argumentos esgrimidos por los representantes de la Administración autonómica, en el sentido de que lo realizado es reversible, -por lo demás, es lo que manda la Ley- y que se trata sólo de una solución temporal, no tranquilizan a nadie, pues es bastante obvio que la obra se ha efectuado con un claro afán de permanencia. A esta conclusión se llega al comprobar que, cada vez más, abundan los ejemplos, tanto locales como de otros puntos del país, en los que se recurre a procedimientos similares, con el mismo resultado polémico y escandaloso para la ciudadanía. Esta “moda” no constituye un argumento a su favor, como ha pretendido el responsable de la obra en sus explicaciones públicas, sino, al contrario, la constatación de que se suele incurrir en el olvido del bien que se pretende conservar y en el respeto a lo que representa.

Por todo lo anteriormente expuesto, este Departamento se suma a los movimientos ciudadanos que piden la inmediata eliminación de las piezas de acero corten de la Muralla de la Hoya, porque, además de los posibles riesgos futuros, crean un innecesario impacto visual que agrede gravemente a uno de los elementos más emblemáticos que han llegado a nosotros del pasado medieval de la ciudad de Almería.

Finalmente el Departamento quiere hacer constar su disponibilidad a colaborar con la Delegación Provincial de Cultura cada vez que se nos recabe asesoramiento, tanto en esta materia como en todas aquellas que pudieren incumbir al patrimonio histórico almeriense.

FUENTE:   LA VOZ DE ALMERÍA

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